Fuerzas armadas harán labor de seguridad pública por decreto de AMLO
Este lunes, el presidente Andrés Manuel López Obrador publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo para disponer de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.
De esta forma a partir de este martes, el Ejército y la Marina apoyarán a la Guardia Nacional “en las funciones de seguridad pública”, esto “durante el tiempo en que dicha institución policial desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, sin que dicha participación exceda de cinco años”.
Los cinco años de tareas extraordinarias en seguridad pública empezarán a contarse desde el pasado 26 de marzo de 2019, fecha en que se publicó la reforma sobre la Guardia Nacional.
«En el apoyo en el desempeño de las tareas de seguridad pública, la Fuerza Armada permanente se regirá en todo momento por la estricta observancia y respeto a los derechos humanos, en términos del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y observará la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza y demás ordenamientos en la materia», agrega el acuerdo del presidente de México.
Con este decreto entran en vigor las reformas constitucionales en materia de Guardia Nacional aprobadas por el Congreso.
Fuerzas armadas harán labor de seguridad pública por decreto de AMLO
El decreto establece que la participación militar no puede exceder de cinco años contados a partir de su entrada en vigor
El documento agrega que “la Fuerza Armada permanente, en el apoyo en el desempeño de las tareas de seguridad pública a que se refiere el presente Acuerdo, realizará las funciones que se le asignen conforme a las atribuciones que prevén las fracciones I, II, IX, X, XIII, XIV, XV, XVI, XXV, XXVII, XXVIII y XXXIV del artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional”.
El decreto aclara que la participación de la Fuerza Armada será siempre en coordinación con la Guardia Nacional para complementar sus funciones.
“En el apoyo en el desempeño de las tareas de seguridad pública, la Fuerza Armada permanente se regirá en todo momento por la estricta observancia y respeto a los derechos humanos, en términos del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y observará la Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza y demás ordenamientos en la materia".
“Se instruye al Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana para coordinarse con los secretarios de la Defensa Nacional y de Marina para definir la forma en que las actividades de la Fuerza Armada permanente complementarán la función de la Guardia Nacional”.
Las funciones militares estarán bajo vigilancia de un organismo contralor.
“Las tareas que realice la Fuerza Armada permanente en cumplimiento del presente instrumento, estarán bajo la supervisión y control del órgano interno de control de la dependencia que corresponda”.
El documento también señala de dónde saldrán los costos del despliegue. “Deberán cubrirse con cargo al presupuesto aprobado a la dependencia que reciba el apoyo, para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes”.